Los diputados del oficialismo y partidos afines aprobaron el lunes una reforma al artículo 248 de la Constitución de la República, el cual establece que el mecanismo para modificar la carta magna requiere de dos legislaturas: en la primera se aprueba el cambio deseado con mayoría simple y en la siguiente se debe ratificar con una mayoría calificada, dos tercios de los legisladores.
La enmienda agrega una nueva vía, que este proceso se pueda realizar en una misma legislatura con los votos de las tres cuartas partes de los diputados electos. De esta manera, una vez sea ratificada por la Asamblea entrante, los cambios a la Constitución podrán hacerse de manera expedita, como se hace con cualquier ley.
La reforma se aprobó con dispensa de trámite, es decir, sin estudio ni análisis previo, un día antes de que los diputados terminasen su periodo legislativo. Es previsible que se pueda ratificar hoy, 1 de mayo, el primer día de trabajo de los diputados de la Asamblea entrante, de amplia mayoría oficialista.
El martes, en la entrevista Frente a Frente en TCS, el presidente del Órgano Legislativo, Ernesto Castro, justificó la decisión adoptada por los 66 diputados. En su discurso analizado por Voz Pública hay afirmaciones falsas y engañosas a la luz de la jurisprudencia en el asunto, encuestas analizadas y expertos consultados.
Las reformas a la Constitución, una demanda del pueblo
Ernesto Castro: “Es sencillo, es una reforma al artículo 248 en el que le da más posibilidades al pueblo salvadoreño para poder hacer algo que ha estado demandado durante muchísimos años, que es ir reformando artículos de la Constitución”.
Para justificar la reforma a la Constitución, el presidente Castro indicó que cumplen una demanda añeja del pueblo. En realidad, no hay evidencia de que los aspirantes a diputados de Nuevas Ideas propusieran al electorado reformas a la Constitución durante la campaña. Tampoco hay registro de que los electores demanden cambios como el aprobado el lunes.
Ruth López, abogada de la organización Cristosal y experta electoral, en declaraciones a El Faro, tacha de “retórica populista” afirmaciones como la de Castro. “Lo que pretenden (Nuevas Ideas) es hacer reformas aceleradas y a la medida. Sin que pase por el control de la ciudadanía. Ellos dicen que es en nombre del pueblo, pero eso es parte de una retórica populista, siempre van a decir que es en nombre del pueblo aunque este no sepa lo que le está decidiendo”, afirmó al medio digital.
El historiador Héctor Lindo recuerda que El Salvador ha tenido 11 constituciones, todas ellas resultado de la labor de asambleas constituyentes, elegidas por el pueblo para ese fin. “Cuando la ciudadanía acudió a las urnas para votar por la presente Asamblea Legislativa (2021-24) no lo hizo pensando en que votaba por futuros diputados y diputadas que iban a tener el alto privilegio de reformar sustancialmente una constitución”, apuntó Lindo en un video publicado en X.
El abogado especialista en transparencia y anticorrupción de Acción Ciudadana, Eduardo Escobar, dice que ningún diputado habló de reformas a la Constitución en estos años. “En términos formales, yo pienso promover una reforma en este y otro sentido, no simplemente una conversación de bar, nadie llevaba eso”, aclaró.
Por otra parte, la encuesta del Instituto Universitario de Opinión Pública (Iudop) de la UCA preguntó sobre la reelección presidencial en el pasado proceso electoral. Publicada en diciembre pasado, entre sus hallazgos se destaca que 43 de cada 100 salvadoreños desconocían disposiciones constitucionales como la duración del periodo presidencial, la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia, entre otros. En su mayoría, además, esta población apoyaba la candidatura ilegal del presidente Bukele.
La reforma del artículo 248, un proceso apegado a la ley
Ernesto Castro: ¿Qué se debe hacer para poder reformar un artículo? Diez diputados, mayoría simple, no tocar cláusulas pétreas e ir a una ratificación. Será la próxima Asamblea la que decida cuando ratificar lo que se hizo y, luego de eso, vamos a comenzar a ver cuáles son los artículos de la Constitución que necesitan una reforma”.
El proceso de reforma constitucional no cumple con lo indicado en la ley, de acuerdo con la jurisprudencia establecida y la opinión de constitucionalistas.
Hace más de un mes, en una entrevista del 19 de marzo en Diálogo 21, Eduardo Escobar ya advertía que los diputados de Nuevas Ideas no podrían llevar a cabo una reforma constitucional. “Cualquier reforma a la Constitución, en su primera etapa, que es el acuerdo de reforma, tiene que ser presentado por los diputados antes de la elección legislativa para que la ciudadanía conozca que este partido quiere promover equis reformas,… eso no se hizo”, apuntó el abogado.
La Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA) volvió a tocar el asunto en un editorial el pasado 28 de abril. El proceso de reforma iniciado el lunes incumple dos sentencias de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), mencionadas en el artículo en cuestión.
La primera se refiere a la inconstitucionalidad 7-2012, la cual establece que “entre la aprobación de una reforma y su ratificación por parte de la siguiente legislatura debe mediar una elección, a fin de que la población pueda manifestar, a través del voto, su apoyo o no a la reforma”.
La segunda sentencia es la 33-2015 y se publicó en 2017. “(…) Un decreto de reforma constitucional solo puede emitirse al menos seis meses antes de que asuma la nueva legislatura para que la ciudadanía pueda ser informada de lo que se pretende reformar”, dice la resolución.
Enrique Anaya, abogado constitucionalista, califica la reforma de “fraude social y político” e identifica hasta cinco inconstitucionalidades: tres de forma -fuera de plazo, falta de debate público y aprobación con dispensa de trámite sin fundamento- y dos de fondo -reforma de una cláusula pétrea y eliminación de la “supremacía de la Constitución-.
Asegura que es la primera vez que se aprueba una reforma constitucional con dispensa de trámite, mecanismo que agiliza el proceso de formación de ley. “¿Cuál es la urgencia de esto? Y me refiero a urgencias objetivas, para el país, no la que tiene el gobierno, que ya se le está acabando la legislatura y que, por lo tanto, esta la debe aprobar y la siguiente la debe ratificar”, planteó Anaya.
Siguiente Asamblea podrá reformar todos los artículos de la Constitución
Ernesto Castro, ante la pregunta de qué si pueden cambiar todos los artículos de la Constitución a partir de la próxima legislatura: “Por supuesto, todos, claro. ¿Si podemos hacerlo? Claro que podemos hacerlo. ¿Qué es lo que vamos a hacer? Eso lo vamos a hacer junto con el pueblo y siguiendo el debido proceso”.
En este punto, inicialmente, el diputado oficialista respondió que los legisladores podrían reformar todos los artículos, pero luego matizó y excluyó a los considerados pétreos. En otra intervención, esa exclusión no quedó tan clara.
Un comunicado firmado por 18 organizaciones de la sociedad civil, en el que califican la reforma de “precipitada e inconsulta”, advierte que el artículo 248 es parte de las llamadas “cláusulas pétreas”. “Con su reforma, los diputados se agencian un nuevo poder: manipular la Constitución en una sola legislatura, quitándole el poder a la ciudadanía a decidir con su voto”, indica.
El presidente Castro insistió en hacer las reformas junto al pueblo, pero rechazó cualquier consulta a la población como el referéndum. La afirmación contrasta con las conclusiones de la consulta pública de reformas a la Constitución que lideró el vicepresidente de la República, Félix Ulloa, cuyos resultados se plasmaron en un documento en septiembre de 2021.
En la propuesta de reforma del artículo 248 en cuestión se planteó preguntar a la población, vía referéndum. “Para que tal reforma pueda decretarse deberá ser ratificada por medio de referéndum; en caso resulte ratificada, la Asamblea Legislativa emitirá el decreto correspondiente, el cual se mandará a publicar en Diario Oficial”, indica.
Ese documento surgió de un trabajo con la población en el que se recibieron más de 3,000 propuestas de reforma a la Constitución, según un comunicado de Casa Presidencial.
Por cierto, entre sus conclusiones se subraya que “no podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”.
De nuevo, las cláusulas pétreas que no se pueden modificar en la Constitución. En su respuesta, Castro deja en el aire que esos artículos puedan ser cambiados en el futuro “si el pueblo salvadoreño se los demanda”.