Es falso lo que dijo Castro de que, sin régimen de excepción, la Fiscalía no podrá capturar a los delincuentes

por Gabriela Castellón Fajardo

El presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, aseguró en una entrevista que instituciones como la Fiscalía no tendrán un marco legal para realizar su trabajo si el régimen de excepción se elimina. Abogados desmienten esa afirmación y enfatizan que con las leyes vigentes es suficiente para el combate a la criminalidad.

Para Ernesto Castro, diputado de Nuevas Ideas y candidato a la reelección, los logros alcanzados en materia de seguridad han sido gracias al régimen de excepción y critica a aquellos que analizan si es viable continuar con esta medida. De ser eliminada, vaticina que se pondría en riesgo el trabajo de instituciones como la Fiscalía, la institución encargada de perseguir el delito.

“El régimen de excepción es el que cubre legalmente a la Fiscalía General de la República, al Órgano Judicial, a la Policía, a la Fuerza Armada, al Gobierno. Es el marco. Cuando vos le quitás todo el marco legal, ¿qué es lo que va a suceder? … la Fiscalía no va a poder agarrar a los delincuentes”, afirmó en una entrevista en ITV el 27 de enero.

En Voz Pública se consultó con abogados y especialistas en seguridad, y se concluyó que lo expresado por el funcionario es información falsa. En resumen, argumentan que el régimen de excepción no es un marco legal como dice el funcionario ni la Fiscalía ni otras instituciones dejarán de hacer su trabajo cuando se elimine. Lo expresado por Castro no tiene asidero jurídico y obedece más bien al discurso electoral oficial que gira en torno al “éxito” en seguridad y en que de llegar la oposición al poder eliminarán el régimen, las instituciones dejarán de funcionar y se liberarán a los pandilleros capturados.

El régimen de excepción es una medida, establecida en el artículo 29 de la Constitución de la República, que suspende garantías constitucionales en casos de “guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia u otra calamidad general, o de graves perturbaciones del orden público”.

El presidente Nayib Bukele solicitó a la Asamblea Legislativa aprobar esta disposición a finales de marzo de 2022 como reacción a un fin de semana que se saldó con la muerte de 87 personas a manos de las pandillas. Pese al discurso oficial de haber recuperado el control del territorio y a la captura de miles de pandilleros, la medida dejó de ser excepcional y ha sido prorrogada 22 veces desde entonces.

¿Sin régimen no hay ley?
El decreto del régimen suspende garantías como la libertad de asociación o reunión, el derecho a la defensa y se amplía la detención administrativa de las 72 horas que establece la Constitución a 15 días. Además, el Estado puede intervenir las telecomunicaciones de la ciudadanía sin una orden judicial.

Para la especialista en materia de seguridad, Jeannette Aguilar, Castro miente al decir que el régimen es el marco legal que permite la captura de delincuentes y aclara que la Fiscalía, la Policía y el Órgano Judicial “no necesitan un régimen de excepción para perseguir y encarcelar pandilleros”. 

La misma Constitución establece, en el artículo 193, que es la Fiscalía la encargada de investigar delitos y promover las acciones penales correspondientes. Según los incisos 2, 3 y 4 de ese artículo, le corresponde al fiscal promover de oficio o a petición de parte la acción de la justicia en defensa de la legalidad, dirigir la investigación del delito con la colaboración de la Policía en la forma que determine la ley y promover la acción penal de oficio o a petición de parte.

“El Salvador cuenta, desde las reformas de 2004, con un sistema penal y procesal penal altamente punitivo, para perseguir y juzgar penalmente a las pandillas, que se expresa en la existencia de diversas figuras para el juzgamiento de pandilleros, y en reformas penales y procesales destinadas al aumento de penas y a la reducción de garantías procesales a estos grupos”, explicó la investigadora.

En esa línea, el abogado de Cristosal, Jonathan Cisco, destacó que “los juicios penales no se rigen por el régimen”, esto es, cualquier proceso penal se regula en el Código Procesal Penal y en leyes especiales como la Ley contra Actos de Terrorismo, la Ley Especial contra el Crimen Organizado y la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos.

De hecho, en el marco del régimen de excepción, la Asamblea aprobó diversas reformas como el aumento de penas para pandilleros y presuntos colaboradores, incluyendo a menores de edad. También, avaló juicios masivos por agrupaciones ilícitas y disposiciones como los jueces sin rostro en los juzgados especializados.

“Se trata de reformas penales no transitorias de las que dispone hoy día el sistema de justicia, que han sido diseñadas para facilitar el trabajo a la Fiscalía y a los jueces, en términos de juzgamiento y condena de presuntos miembros de estos grupos”, aclaró Aguilar.  

Para la especialista, una eventual decisión de la Asamblea de no prorrogar el régimen de excepción no tendría que afectar la investigación y la persecución de estos grupos delictivos. En ese sentido, Cisco plantea que se ha hecho creer a la población que el régimen es indispensable para combatir la criminalidad lo cual no es cierto.

Oswaldo Feusier, abogado penalista, también rechaza los argumentos del diputado oficialista. “Si el régimen desaparece, las audiencias iniciales tienen que hacerse más rápido, en tres días o 72 horas”, apuntó. No obstante, como el sistema está colapsado no habría cambios significativos. “Con la cantidad de casos acumulados, da lo mismo que la detención administrativa dure 15 días o tres”, añadió.

Las declaraciones del diputado Castro, aspirante a la reelección, se enmarcan en el discurso del oficialismo de generar miedo al decir que la oposición dejaría en libertad a los pandilleros capturados de llegar al poder. A la fecha, ningún candidato ha afirmado eso. De lo que si han hablado es de resolver la situación de miles de personas inocentes capturadas de manera arbitraria bajo el régimen de excepción.

Fuentes:
Ernesto Castro, presidente de la Asamblea Legislativa.
Jeannette Aguilar, investigadora especialista en seguridad.
Jonathan Cisco, abogado de Cristosal.
Oswaldo Feusier, abogado penalista.

Documentos:
Constitución de la República.
Decreto de régimen de excepción.

podría gustarte