Cuatro diputados del partido oficial dieron sus argumentos en favor de la Ley de Agentes Extranjeros, aprobada con dispensa de trámite la semana pasada. En Voz Pública se verificaron varias de sus afirmaciones como, por ejemplo, que la normativa es necesaria para la transparencia de los recursos y financistas de las organizaciones o, también, que una decena de «países de primer mundo» tienen leyes similares. El recurso al engaño, a brindar datos sin contexto e información inexacta está presente en la mayoría de los aseveraciones analizadas. La normativa surge en un contexto de ataques a organizaciones de derechos humanos y, en general, a todos aquellos que el gobierno considera “incómodos”.
Con el voto de los 57 diputados del partido Nuevas Ideas y otros afines al oficialismo, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Agentes Extranjeros el martes 20 de mayo. Los tres legisladores de oposición votaron en contra de la normativa avalada con dispensa de trámite, es decir, de urgencia y sin discusión previa.

El artículo 1 establece un régimen jurídico para agentes extranjeros que promueve la transparencia de su funcionamiento, así como resguardar la seguridad, la soberanía nacional y la estabilidad política. Por agentes extranjeros se entiende a una persona natural o jurídica que recibe fondos del exterior y realiza actividades en el país.
La ley surge en un contexto de detenciones y agresiones a miembros de las organizaciones defensoras de derechos humanos. En el mismo mensaje en que el presidente de la república, Nayib Bukele, dio luz verde a la normativa, acusaba a las organizaciones de manipular a manifestantes que protestaban por el derecho a la vivienda. “Grupos autodenominados de izquierda y ONG globalistas, cuyo único objetivo real es atacar al gobierno”, dijo.
Una docente y especialista en comunicación de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” advierte que “esta narrativa convierte la cooperación internacional y el financiamiento externo en factores sospechosos, deslegitimando a organizaciones que han operado históricamente en áreas sociales, educativas y de derechos humanos”.
De hecho, el abogado Jonathan Sisco de Cristosal plantea que la nueva ley podría incumplir el acuerdo entre el gobierno y el Fondo Monetario Internacional (FMI). En un mensaje en X recuerda que el Informe de País 22/20 del Fondo advertía sobre el entonces anteproyecto de ley como algo negativo para el acceso al crédito externo por parte de El Salvador.
En la sesión plenaria tomaron la palabra los diputados del ala oficialista Ernesto Castro, Christian Guevara, Suecy Callejas y Alexia Rivas. De sus intervenciones se verificaron una serie de afirmaciones con las que justifican la aprobación de la ley. Para este trabajo se consultó a abogados y gremiales, docentes, asociaciones y se revisó la información disponible en los sitios web de varias organizaciones. En algunos casos se omiten sus nombres porque así lo solicitaron.
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Christian Guevara: “Hay unos diez países con leyes muy similares a la ley FARA (Ley de Registro de Agentes Extranjeros) de Estados Unidos, Australia, la dictadura del Reino Unido, el régimen atroz en Francia, la dictadura de Alemania, Suecia, Noruega, Japón, el régimen comunista de Corea del Sur,… Canadá” (…) Nosotros, lo que estamos haciendo, es actualizar nuestra legislación como hacen los países de primer mundo”
Falso
Más allá de la carga de ironía que el diputado imprime al citar a los países con democracias consolidadas, no es cierto que la ley busque actualizar la legislación como en los otros “países de primer mundo”. De hecho, Guevara omite referirse a otros más cercanos como Nicaragua o Venezuela, que utilizan este tipo de leyes para atentar contra organizaciones de la sociedad civil, el mismo espíritu con el que nace la ley en El Salvador a juzgar por el contexto. Del país vecino se conocen ejemplos del uso de la ley para el cierre de organizaciones, controlar su trabajo y los fondos que reciben.
Eduardo Escobar, director de Acción Ciudadana, explica que países como los citados por el diputado hacen uso de estas leyes como un asunto de transparencia sobre actividades, que no están relacionadas con la sociedad civil. “Transparentan la interferencia extranjera y el lobby que hacen algunas entidades o personas en favor de unos intereses, es decir, un gobierno extranjero paga a otra persona en otro territorio de otro país para que promueva sus intereses. Esas leyes lo que buscan es hacer pública esa relación entre un agente extranjero y su mandante, de estas personas que promueven esos intereses de un extranjero y su relación con el extranjero”, explicó.
Gracias a FARA, como se llama la ley en Estados Unidos, por ejemplo, es público que Damián Merlo es un lobista contratado por el gobierno salvadoreño. A cambio de su labor para intermediar con políticos en ese país, el año pasado recibió $910,000, como reveló una publicación reciente de la revista Factum.

Escobar reflexiona sobre el trabajo que realizan organizaciones como la suya y el error al “categorizarnos como agentes extranjeros”. “Si una le pide al gobierno que rinda cuentas, que respete los derechos humanos, ¿a qué intereses extranjeros responde?, ¿qué intereses estamos defendiendo? Defendemos los intereses de la gente”, aclaró.
La diputada de Vamos, Claudia Ortiz, en su respuesta a Guevara en el pleno, dijo que la ley aprobada es incompatible con el Estado de derecho y el respeto a derechos como la libertad de expresión y de asociación. “No es cualquier herramienta de un país democrático, no trate de engañar a la gente, es una herramienta de control, de censura y característica de gobiernos autoritarios”, expresó.
Enrique Anaya, abogado constitucionalista, afirma que la normativa surge en una coyuntura en la que se agudiza la persecución y la represión. “Es una manifestación más de los ataques, de lo que la dictadura entiende como voces críticas”, aseguró.
La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad), en una presentación compartida de reflexiones sobre la ley, subraya la discrecionalidad que impera en la misma para decidir quién opera y quién no en el país.
Ortiz cerró una de sus intervenciones en la plenaria en esa línea. “Va a ser el gobierno (quien decida) qué organización va a estar sujeta a controles y al impuesto, y cuáles no”.
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Suecy Callejas: “Esta ley no busca prohibir actividades que ya se están realizando, sino que exige transparencia para estas organizaciones, es decir, que las organizaciones informen a los salvadoreños quiénes les financian y para qué tipo de actividades…”
Alexia Rivas: “Esta tarde, en esta Asamblea Legislativa, deberíamos sentirnos contentos de un paso que se va a dar en dos sentidos. Primero, en el tema de la transparencia y la rendición de cuentas…”
Engañoso
En sus intervenciones, los cuatro legisladores de Nuevas Ideas destacaron el punto de la transparencia y la necesidad de conocer a los financistas extranjeros como uno de los asuntos que busca regular la nueva ley.
Sin embargo, representantes de organizaciones consultados defienden que esa información está en poder del gobierno. Escobar considera que la intención es otra. “Muchas organizaciones hemos publicado nuestros estados financieros en los portales de transparencia. Ahí se dice cuánto y quiénes nos financian”, subrayó. Añade que existen una serie de controles como el estado de las finanzas que cada organización presenta al Ministerio de Gobernación, el pago del IVA y procesos bancarios, entre otros, que desmontan el argumento de la transparencia.
Verónica Reyna, directora de Derechos Humanos del Servicio Social Pasionista (SSPAS), en conferencia de prensa, dijo que las organizaciones ya se encuentran registradas ante las instancias del Estado y, por tanto, con la nueva ley habría “un doble registro”.
Al revisar los sitios web de Acción Ciudadana y SSPAS se encuentra una lista con la información de los cooperantes de las mismas. Además, la primera publica el detalle de los estados financieros anuales desde 2016 hasta 2023.

Acción Ciudadana elabora informes periódicos sobre el nivel de cumplimiento de las instituciones a la hora de publicar y actualizar la información oficiosa, aquella que es obligatoria por ley. En el Scorecard sobre Transparencia Activa 2024 evaluaron a 38 entidades públicas. La Asamblea Legislativa se ubicó en el puesto 23 y obtuvo un 32% de grado de cumplimiento, es decir, había publicado menos de la tercera parte de la información requerida por la ley.

Un análisis de un exmagistrado de la Sala de lo Constitucional plantea que el uso que se hace de los “conceptos jurídicos indeterminados” en alusión al resguardo de la seguridad, la soberanía y la estabilidad social y política del país, en el artículo 1 referido al objeto de la ley, donde se incluye la transparencia, daría lugar a justificar intervenciones arbitrarias, abusos de autoridad y medidas restrictivas de derechos en contra de la sociedad civil. “Estos conceptos solo pueden ser interpretados de buena fe y desde una perspectiva democrática para proteger derechos y no para vulnerarlos o limitarlos de manera irrestricta, más allá de lo permitido por la Constitución y el Derecho internacional”, razonó. Recuerda que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al referirse a esos conceptos, dice que “debe ser objeto de una interpretación restrictiva”, ceñida a las “justas exigencias de una sociedad democrática”, como se indica en la opinión consultiva OC-6/86.
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Suecy Callejas: “(…) se destinarán los fondos recaudados a programas de interés público”
Verdad a medias
En la ley aprobada se amplía el destino de los fondos, pero sin aportar mayor claridad. “El impuesto grabado al que se refiere este artículo será destinado por el Ministerio de Hacienda para fines de interés público, general o social”, se lee en el último párrafo del artículo 11 de la ley en cuestión.
Estos conceptos tienen matices aunque se usan indistintamente con frecuencia. El interés público se refiere a los beneficios de la sociedad en general y se desarrolla a través de políticas públicas. El interés general es el más amplio y se enfoca en el bienestar de la ciudadanía. Por último, el social tiene que ver con asuntos que demanda una comunidad, cuestiones como salud, seguridad y salud.
Cuando el presidente Bukele anunció que mandaría el proyecto de ley a la Asamblea, que incluiría un impuesto del 30%, dijo que con los fondos recaudados se pagaría la deuda de la cooperativa El Bosque, cuyos miembros enfrentaban una orden de desalojo de sus tierras. Aprobada la ley, el destino de los fondos en general es ambiguo, dado que cualquier área cabe en el concepto de “interés general”.
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Alexia Rivas: “Las ONG que han tenido una labor social, las ONG que han hecho bien su trabajo no tienen de qué preocuparse (…)”
Falso
Diputados como Guevara y Rivas destacaron en sus intervenciones el papel de las “ONG buenas o que han hecho bien su trabajo”, en referencia a aquellas organizaciones que prestan servicios de carácter social, como mencionaron en los ejemplos. En el otro lado están las otras, “las que no hacen bien su trabajo” y, según su discurso, «las que sí tendrían de qué preocuparse». Se infiere que son las que resultan molestas e incómodas al régimen, aquellas que abogan por el respeto a los derechos humanos, la democracia, que exigen transparencia y rendición de cuentas. Algo que evidenció el presidente Bukele cuando anunció que iba a enviar a la ley a la Asamblea y en el siguiente párrafo de su mensaje en X cargó contra organizaciones “cuyo único objetivo es dañar al gobierno”.
La ley es un paso más en ese sentido, según el abogado Anaya. “La maniquea división entre buenas y malas es expresión retórica y hasta legal de arbitrariedad y discriminación, como herramienta para atacar a personas u organizaciones que no sean del agrado del gobierno”, expresó.
El “discurso maniqueo”, plantea el abogado, se manifiesta en el texto de la ley en la medida que “no se aplica únicamente a personas u organizaciones que representan o defienden intereses extranjeros, sino a toda persona, natural o jurídica, que reciba fondos del extranjero (arts. 1 y 3)”.
Anaya observa una serie de arbitrariedades en la ley como la falta de criterios objetivos para excluir del control a organizaciones y para revocar la exclusión (art. 5). “Significa que el gobierno lo decidirá arbitrariamente, según sea o no de su gusto”, añadió.
Otro ejemplo es lo que llama “incertidumbre de las prohibiciones”, en concreto, el artículo 9, letra b, que prohíbe realizar “actividades para fines políticos u otros”. “¿Qué es ‘otros’? Por ejemplo, ¿puedo recibir fondos para un congreso de derecho constitucional?”, se pregunta.
El análisis del exmagistrado de la Sala de lo Constitucional coincide también con la “aplicación discrecional” de la ley en favor de asociaciones afines o que no representen incomodidad al gobierno. “Con ello, se pondría en riesgo el principio de igualdad ante la ley (art. 3 Constitución)”, sentenció.
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Suecy Callejas: “¿Quiénes son los sujetos obligados? Las ONG que están ejecutando proyectos financiados por agentes extranjeros.
Engañoso
En la plenaria, los diputados se refirieron a las ONG como única entidad sujeta a la ley. No obstante, la normativa, en los artículos 2 y 3, amplía ese universo y menciona a las personas naturales o jurídicas, salvadoreñas o extranjeras. Incluye, por tanto, ciudadanos, empresas, organizaciones y otros.
Daniel Olmedo, en su columna de opinión en el medio digital El Faro, analiza el contenido de la ley y asevera que “no se limita a fundaciones y asociaciones sin fines de lucro, en ningún punto del texto se establece tal limitación”. “Es posible que las autoridades insistan en que la norma solo aplica a ONG, pero el texto legal dice otra cosa. Incluso si las autoridades deciden no aplicar la ley a ciertas empresas hoy, el texto seguirá ahí, y podrá ser usado mañana. Que un funcionario asegure con una sonrisa que no se va a aplicar la ley no cambia su texto”, detalló el autor.
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Suecy Callejas: “La ley ha sido solicitada por los salvadoreños…”
Falso
No hay evidencia de una consulta pública o un ejercicio similar que sostenga la afirmación de la diputada de Nuevas Ideas. Tampoco los diputados se tomaron el tiempo para abrir un debate o llamar a especialistas a una comisión para tratar el asunto. Como otras normativas, se aprobó con dispensa de trámite, de urgencia el pasado martes, cuando el proyecto de ley fue introducido en la sesión legislativa por el jefe de fracción del partido oficial, Christian Guevara.