CSJ acuerda convertir 21 juzgados a tribunales contra el crimen organizado

por Javier Urbina

La Corte Suprema de Justicia aprobó la creación de tres nuevos tribunales contra el crimen organizado en San Salvador, Santa Ana y San Miguel, además de fortalecer los ya existentes con la conversión de juzgados de paz en su mayoría. Además, se acordó la supresión de una decena de juzgados de paz, en su mayoría en el departamento de San Miguel. Las tres propuestas de decretos legislativos está previsto que sean enviadas a la Asamblea Legislativa esta semana. La máximas autoridades judiciales justifican la decisión para garantizar «pronta y cumplida justicia» a pesar de que, según la abogada de Cristosal, Zaira Navas, ninguna persona adulta capturada en el marco del régimen de excepción ha sido condenada a la fecha.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) acordó el pasado 18 de julio que 21 sedes judiciales, en su mayoría juzgados de paz, pasen a integrar tres nuevos tribunales contra el crimen organizado y a reforzar los ya existentes. En sesión de Corte Plena, con el voto favorable de 13 de los 15 magistrados se avalaron sin mayores cambios tres propuestas de decretos legislativos que contienen las reformas a la Ley Orgánica Judicial referentes a la conversión y a la eliminación de juzgados. Voz Pública tuvo acceso al memorándum, con fecha 10 de julio, que contenía el detalle de los cambios y comprobó su veracidad con dos fuentes internas de alto nivel de la mencionada institución. Una de ellas, con poder de decisión en el seno de la Corte, confirmó que las propuestas se enviarán a la Asamblea Legislativa esta semana.

Entre las razones que esgrime la Corte Suprema para justificar esta reorganización están incrementar la capacidad de respuesta de los tribunales contra el crimen organizado y que se administre “pronta y cumplida justicia”.

Los tribunales se crearon en el marco del régimen de excepción hacer frente a la demanda de personas detenidas. El dato más reciente es de 81,100 capturados desde finales de marzo de 2022 cuando se decretó esa medida excepcional.

Con las disposiciones aprobadas por los magistrados, el Juzgado de Instrucción de Mejicanos es una de las sedes que se convierte y se incorpora al Tribunal Primero contra el Crimen Organizado de San Salvador. Otros cuatro tribunales de San Salvador refuerzan su capacidad gracias a la anexión de los juzgados Tercero de Paz de Ciudad Delgado, Instrucción de Ilopango, Primera Instancia de Tonacatepeque y el de Juzgado de Paz de Rosario de Mora, de acuerdo con los decretos.

En el occidente, los juzgados de paz de Santa Rosa Guachipilín y Masahuat pasan a ser parte de los tribunales contra el crimen organizado en Santa Ana. En San Miguel se aprobó que los juzgados segundo de paz de Chinameca y Ciudad Barrios se anexen a los tribunales Primero y Segundo contra el Crimen Organizado, respectivamente, ambos sede de la ciudad oriental. 

En relación con lo anterior, la Corte avaló que se amplíen las competencias de aquellas sedes que absorberán la labor de los que se incorporan a los tribunales. Por ejemplo, en el occidente, el Juzgado de Paz de Metapán conocerá los procesos y diligencias del Juzgado de Paz de Santa Rosa Guachipilín.

De manera general, en los decretos también se menciona lo relativo a la carga laboral y al personal de los juzgados convertidos. “El Juzgado de Instrucción de Ciudad Delgado asumirá la carga laboral y competencia que tenía el Juzgado de Instrucción de Mejicanos”, se indica, a modo de ejemplo.

Además, las sedes judiciales convertidas tendrán un periodo de transición de hasta 60 días, contados desde la entrada en vigor de los decretos, para remitir la carga laboral al juzgado designado para asumirla. Una vez aprobados los decretos, ya no recibirán más procesos ni diligencias de su competencia anterior.

En el asunto de los empleados, los decretos plantean tres líneas generales: La Corte tendrá que nombrar a los jueces de los tribunales, los funcionarios de las juzgados convertidos pasarán a los nuevos juzgados o podrán ser reubicados y, finalmente, se evaluará qué personal es indispensable. “La Corte Suprema de Justicia determinará el personal de los juzgados suprimidos que sea indispensable para la continuidad de la administración de justicia”, dice sobre el último punto uno de los artículos.

Tres nuevos tribunales
La CSJ también avaló la creación de tres nuevos tribunales contra el crimen organizado: el Tribunal Séptimo con sede en San Salvador, el Tribunal Cuarto en Santa Ana y el Tribunal Tercero en San Miguel.. 

Cada uno de estos surge de la conversión de cuatro juzgados de paz. Así, el Tribunal Séptimo contra el Crimen Organizado de San Salvador se crea con la incorporación de los juzgados de Santiago Texacuangos, San Marcos (Segundo de Paz), Nejapa y Aguilares. La carga laboral de estos juzgados pasa a otros cercanos. Por ejemplo, el Juzgado de Paz de Santo Tomás asume las competencias de “desaparecido” en Santiago Texacuangos.

Los primeros tribunales contra el crimen organizado entraron en funcionamiento el 1 de junio de 2023. Para su creación, la Corte también acordó convertir juzgados comunes en sedes especializadas. San Salvador cuenta con seis tribunales; Santa Ana, con tres, y San Miguel tiene dos. Cada uno está integrado por cuatro jueces propietarios.

Además, existen dos cámaras contra el crimen organizado, ambas en San Salvador, con competencia nacional.

Una de las fuentes de la Corte, con acceso al área administrativa de la institución y quien pidió no ser identificada, se mostró crítico con las reformas aprobadas. “No saben qué hacer con todos los presos y quieren poner a gente que no tiene experiencia en juzgamiento, es decir, jueces de paz remotos, para que firmen sentencias condenatorias del régimen de excepción”, afirmó.

“Estas reformas se dan porque posiblemente tengan que quitar el régimen de excepción, pero necesitan otros mecanismos de control. Los tribunales del crimen funcionarán ya sin el régimen”, añadió. 

En la presentación del reciente informe “El silencio no es opción”, una investigación sobre violaciones a los derechos humanos de la organización Cristosal, la jefa jurídica Zaira Navas se refirió a la administración de justicia a las víctimas del régimen. “Han pasado más de dos años y, a estas fechas, ninguna persona adulta ha sido condenada, es muy grave”, apuntó la abogada, quien cuenta por miles los inocentes encerrados.

Se suprimen 10 juzgados de paz
Un tercer acuerdo de la CSJ establecido en los decretos a presentar a la Asamblea Legislativa tiene que ver con la supresión de diez juzgados de paz. Nueve de ellos están en los siguientes distritos del departamento de San Miguel: Carolina, San Antonio del Mosco, Comacarán, Uluazapa, San Jorge, Nueva Guadalupe, Chapeltique, Nuevo Edén de San Juan y San Gerardo. El restante está en el distrito de El Paisnal en San Salvador.

Como lo indica la CSJ en su web, estos juzgados de paz son tribunales que conocen de las demandas en el territorio del municipio (distrito) donde están y de asuntos de menor cuantía en las áreas civil y mercantil. También, las primeras diligencias de instrucción en el caso de delitos.

En total, las reformas a la Ley Orgánica Judicial contemplan la supresión de 31 sedes judiciales,  juzgados de paz en su mayoría, una cantidad que representa casi la décima parte de las existentes en el país. Varias informaciones indicaban que había 321 juzgados que conocen procesos penales en primera instancia a finales de 2022.

Con estos cambios, el sistema de justicia contará con 56 jueces contra el crimen organizado, que se encargarán de impartir justicia a los más de 81,100 capturados durante el régimen de excepción.

Plazo máximo de detención provisional
El ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, envió a la Asamblea Legislativa el 17 de julio una serie de reformas al Código Penal y Procesal Penal entre las que destaca ampliar el plazo máximo de detención provisional. 

En la actualidad, para un procesado por delitos leves no puede sobrepasar los 12 meses y para los delitos graves el máximo plazo es 24 meses, según el artículo 8. Con la reforma se eliminan esos tiempos y se indica que no podrá exceder de la mitad de la pena máxima dispuesta para el delito más grave del detenido.

El abogado Anthony Cruz, a través de un video publicado en sus redes sociales, explicó que si un delito tiene como pena máxima 10 años de prisión, el imputado podrá pasar hasta cinco años sin que se defina si es culpable o inocente. “Es algo aberrante, que va en contra incluso de la legislación internacional”, aseguró. 

Por ejemplo, para el delito de agrupaciones ilícitas, la pena máxima por pertenecer a estos grupos es de 30 años. Una persona que haya sido capturada y que al final del proceso resulte inocente podría pasar hasta 15 años en detención provisional a la espera de la sentencia

Para la abogada penalista Marcela Galeas, esta reforma, de aprobarse, violentaría “los principios de dignidad humana, presunción de inocencia, proporcionalidad y razonabilidad de las medidas cautelares”. Recuerda que las leyes nacionales e internacionales “establecen que la persona tiene derecho a ser juzgada en un plazo razonable o a ser puesta en libertad cuando no existen elementos probatorios para su posible participación delictiva”. 

Además, la reforma también incluye que los jueces puedan incurrir en responsabilidad penal cuando no emitan una sentencia definitiva en el plazo de detención provisional establecido.

Galeas plantea que, en la actualidad, las autoridades del sistema penitenciario son las que incumplen las órdenes de los jueces lo que genera inseguridad jurídica. “Quien no cumple con las órdenes de libertad o con los plazos de detención es la Dirección General de Centros Penales, no los jueces, cuestionó la abogada penalista. 

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