Las falsedades de Bukele en su entrevista con Tucker Carlson

por Javier Urbina

El presidente Nayib Bukele concedió una entrevista al periodista estadounidense Tucker Carlson publicada el 5 de junio. El mandatario, reelegido para un segundo periodo de manera inconstitucional, aseguró que la destitución de los magistrados de la Sala de lo Constitucional en mayo de 2021 estuvo apegada a la ley, que no se incumplió ninguna regla y que la Constitución solo le permite quedarse cinco años. También se refirió a la economía, su apuesta para el segundo periodo presidencial, y el impulso al sector de la construcción durante su primer gobierno.

Voz Pública halló varias afirmaciones falsas y engañosas en sus respuestas. Para ello, consultó a un abogado constitucionalista, un magistrado de la Corte Suprema y revisó la información disponible en el Banco Central de Reserva.

Una supermayoría en la Asamblea para destituir a los magistrados

“Con la supermayoría (en la AL) existe un artículo de la Constitución que permite que la supermayoría destituya a los jueces de la Corte Suprema. Así que nuestro partido destituyó a los jueces, destituyeron al fiscal general. Yo no podía hacerlo”

El 1 de mayo de 2021, en su primer día de funciones, los diputados del partido Nuevas Ideas y afines al oficialismo destituyeron a los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional y al fiscal general de ese entonces, Raúl Melara. 

El mandatario inconstitucional reiteró que existía un artículo que permitía que la Asamblea destituyera a los magistrados. 

El presidente Nayib Bukele expresó en esa ocasión que la destitución de los jueces, por parte de la Asamblea, era una facultad “incontrovertible expresada en el artículo 186 de la Constitución de la República”. 

Sin embargo, la afirmación de Bukele es falsa. Para Enrique Anaya, abogado constitucionalista, la Constitución no avala el cese de magistrados de la forma en la que lo hizo la legislatura pasada.

Además, mencionó al menos cuatro violaciones graves que ocurrieron con la destitución de los anteriores magistrados: José Óscar Pineda Navas, Aldo Cáder, Carlos Avilés, Carlos Sánchez y Marina Marenco de Torrento. 

“La destitución solo procede, según lo previsto en la Constitución, por causas previstas en ley. No existe ninguna ley que disponga las causas, así que la destitución es inconstitucional. La destitución se hizo violando el debido proceso, sin conceder la oportunidad de defensa y cuestionando el sentido de las sentencias de la Sala”, sentenció. 

Añadió que existen al menos ocho sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que han decidido sobre las exigencias y formas para el cese de magistrados, y que estas no se cumplieron en el caso de El Salvador.

Un magistrado del Órgano Judicial, quien pidió no ser identificado, dijo que si bien es cierto que el artículo 186 de la Constitución señala que los magistrados de la CSJ serán elegidos por la Asamblea Legislativa y que estos podrán ser destituidos por la misma por causas específicas previamente establecidas por ley, con el voto de por lo menos dos tercios de diputados.

“El punto es no cualquier causa o capricho de los gobiernos de turno, sino que deben estar establecidas de forma previa y específica las causas en la ley, y éstas no existían; por eso es que se inventó que tenían la suficiente representación para ello. Acá no existían causales dispuestas con anterioridad que dieran lugar a la destitución”, explicó. 

“Hay que expresar que esas causas legales de destitución de magistrados no se crearon porque es un poder del Estado, al igual que el Ejecutivo y la Asamblea, que sirve para controlar a los otros poderes; por ello ,no cualquier situación puede dar lugar a una destitución”, añadió. 

Sin incumplir las reglas

“No pueden señalar algo en lo que se haya incumplido las reglas que ellos mismos escribieron”

El mandatario continuó su respuesta sobre la destitución de los magistrados y dijo que nunca han incumplido una regla. Esa aseveración no es cierta.

Anaya respondió que “es rotundamente falso que el oficialismo haya respetado la Constitución o las leyes”.  Aclaró que “las violaciones a la ley primaria, a tratados internacionales y a leyes son muchísimas, casi imposible de contarlas”. 

El magistrado consultado sostiene que Bukele ha incumplido la regla principal que dispone el artículo 235 de la Carta Magna que habla sobre “cumplir y hacer cumplir la Constitución”. 

“A partir de no cumplir la Constitución viene el incumplir todo el ordenamiento jurídico. Ha alterado el Estado y su forma de gobierno. El artículo 83 señala que la soberanía se ejerce dentro de los límites de la Constitución”, aseveró. 


Cinco años (más) en la Presidencia

Entrevistador: ¿Cuánto tiempo piensa quedarse como presidente?
Nayib Bukele: “Cinco años. Eso es lo que me permite la Constitución”

La Constitución de El Salvador faculta a un presidente estar cinco años al frente del país. Sin embargo, el mandatario fue reelecto luego de postularse ilegalmente a un segundo período presidencial.

Al postularse, el mandatario habría violado seis artículos de la carta magna, la cual prohíbe la reelección presidencial inmediata. Así, el 88 dice que la alternabilidad es indispensable. El 133, numeral 16, habla de que la Asamblea debe desconocer al presidente que continúe en el ejercicio al terminar su periodo constitucional. Además, el 154 apunta que el periodo presidencial es de cinco años y comienza y termina el primero de junio.

Bukele, en una entrevista con un youtuber en marzo de 2021, afirmó que la reelección presidencial no estaba permitida en El Salvador y que su periodo finalizaría en 2024. 

Hace un mes, el vicepresidente de la República, Félix Ulloa, dijo en una entrevista que la reelección presidencial indefinida no depende de una norma establecida en la Constitución, sino más bien de lo que el pueblo decida en una elección. 

“Dependerá, si hay voluntad que haya una reelección indefinida y el pueblo está de acuerdo, es el pueblo el que decide. Es ahí donde la gente no entiende la democracia; puede haber una norma que diga que el presidente se puede reelegir indefinidamente, pero ¿Quién elige al presidente? ¿Cómo se elige al presidente? Por los votos”, aseguró.

La construcción representa el 20% del PIB

“Ahora, la construcción representa el 20% de nuestro PIB y sigue creciendo. Habrá un gran boom en la construcción”.

El sector de la construcción no aporta ni representa el 20% del Producto Interno Bruto (PIB) de El Salvador, una variable que mide el valor de los bienes y servicios producidos en un periodo de tiempo en la economía. De hecho, ninguna de las 19 actividades económicas que el Banco Central de Reserva (BCR) registra tiene ese peso.

La construcción generó casi $2,300 millones al PIB en 2023, una cantidad que representa el 6.75% del total, estimado en $34,015 millones ese año.

La actividad más importante para la economía es la industria manufacturera, un sector que tuvo un desempeño negativo el año pasado. Aún así, los $4,763 millones representaron el 14% del PIB.

La construcción fue la actividad más dinámica el año pasado. Según datos del BCR, el sector creció un 17.9% en ese periodo. En 2022 también tuvo un buen desempeño al cerrar con un aumento del 8.3% respecto al periodo anterior, solo por detrás de dos actividades: electricidad (14.4%) y servicios profesionales y técnicos (9.4%). Entonces, la construcción representó el 6.1% del PIB.

PIB por sectores económicos publicado en el BCR.

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