Como una manera de justificar la reducción de la cantidad de municipios, el legislador de Santa Ana expresó que las 262 alcaldías actuales no eran auditadas por la Corte de Cuentas y que cuando sean 44 habrá una fiscalización “más efectiva”. Tanto los informes anuales del ente contralor como alcaldes y concejales entrevistados desmienten lo expresado por el funcionario de Nuevas Ideas. Además, desde la Constitución a la Ley de la Corte de Cuentas y el Código Municipal se especifica la obligatoriedad de la fiscalización de los recursos de las alcaldías.
Jorge Castro, diputado de Nuevas Ideas y candidato a alcalde del municipio de Santa Ana Oeste, dijo el 10 de noviembre en la entrevista del medio digital La Paz Times que la reducción a 44 municipios permitirá que las municipalidades sean auditadas algo que, según él, no ocurría antes. “Porque dejame decirte que las 262 alcaldías no eran auditadas”, aseguró.
Para verificar esa afirmación, Voz Pública revisó la legislación existente, las memorias de labores de la Corte de Cuentas de la República (CCR) y consultó a un alcalde y varios concejales, así como a un abogado y a una especialista en desarrollo territorial. Una vez analizada la información se concluyó que las declaraciones del funcionario, quien es abogado de la República, son falsas. Se trató de contactar con él para ampliar lo expresado en la entrevista, pero no respondió.
Las memorias de labores del ente contralor evidencian las auditorías a las municipalidades. Entre 2018 y 2022, hubo un promedio de 181 sentencias anuales emitidas por las Cámaras de Primera Instancia de la Corte, específicamente sobre alcaldías.
Además, en el Portal de Transparencia hay informes finales de las siete direcciones de la Corte de Cuentas que se encargan de realizar auditorías y exámenes especiales, que se refiere a auditorías a proyectos o direcciones municipales específicas, en las que aparecen diversas alcaldías.
Ley es clara
El artículo 3 de la Ley de la CCR establece que “todas las entidades y organismos del sector público y sus servidores, sin excepción alguna” están sujetas a la fiscalización y control de dicha institución.
El Código Municipal también obliga a las alcaldías, entre otros mecanismos de contraloría, a entregar información a la Corte sobre sus presupuestos anuales (artículo 85). “Además de lo previsto en este Código, la Corte de Cuentas de la República ejercerá la vigilancia, fiscalización y control a posteriori sobre la ejecución del presupuesto de las municipalidades, para lo cual aplicará las normas sobre la materia, establecidas en la Ley”, reza el artículo 108.
La Constitución, en su artículo 207, dice que “los Concejos Municipales administrarán el patrimonio de sus Municipios y rendirán cuenta circunstanciada y documentada de su administración a la Corte de Cuentas de la República (sic)”.
Desde las propias municipalidades también se confirma que son auditados por la Corte. Pablo Martínez, alcalde del municipio de Azacualpa en Chalatenango desde hace 15 años, indica que la Corte realiza estas auditorías de manera constante. “De hecho, en este momento nos están auditando los años 2020 y 2021”, añadió.
De igual manera se refiere a las alcaldías vecinas a las que conoce bien, pues también es coordinador de alcaldes del partido FMLN. Según informes de los concejos municipales que monitorea, más allá del partido a la cabeza, recientemente se han auditado alcaldías como San Francisco Lempa, San Luis del Carmen, San Miguel de Mercedes, Potonico, Los Ranchos, Cancasque y San Isidro Labrador.
Una concejal del municipio de Santa Tecla, en La Libertad, también confirmó que, en la gestión actual que finaliza el próximo año, se ha informado de dos auditorías de la institución contralora de fondos públicos a la municipalidad.
Sobre la frecuencia que cumple la CCR en estas auditorías, el alcalde de Azacualpa y dos concejales de alcaldías diferentes confirmaron que, por la demanda y pocos recursos de la institución, no siempre se realizan cada año, pero sí son retroactivas. Es decir, auditan a partir del último año en el que se realizó la auditoría más reciente.
“En San Buenaventura normalmente lo hacen unos cuatro meses antes de finalizar cada periodo de tres años (de gestión municipal). En algunos casos, practican exámenes especiales en cualquier tiempo, que significa auditoría a algunos proyectos en específico”, explicó un concejal de ese municipio en Usulután.
El abogado especialista en transparencia y anticorrupción de Acción Ciudadana, Eduardo Escobar, explica que es posible que existan retrasos en las auditorías de la Corte hacia las municipalidades u otras instituciones de Gobierno. Sin embargo, ninguna ley la exime de su obligación contralora de los fondos públicos.
Fiscalización más efectiva
Castro también dijo en la entrevista que gracias a la reducción del número de municipios “ahora va a haber una fiscalización más efectiva”.
El artículo 2 de la Ley Especial para la Reestructuración Municipal dice que los 44 municipios y sus respectivos distritos deberán cumplir “todas las obligaciones vigentes comprendidas dentro de las leyes”, esto incluye el Código Municipal y la ley de la CCR.
La nueva ley especifica en el artículo 5 que la contabilidad de cada uno de los distritos de los 44 municipios se llevará por separado; sin embargo, dice que “deberá ser integrada a la contabilidad del municipio, de conformidad a las reglas de contabilidad gubernamental y municipal”.
Por tanto, la cantidad de información sobre dinero público será similar a la actual, con 262 alcaldías, porque la información por distrito, en la contabilidad municipal, deberá ser auditada por la Corte de Cuentas, como lo establecen los marcos legales mencionados anteriormente.
Contrario al argumento del aspirante a alcalde, Escobar indica que para que esta fiscalización sea más efectiva no es necesaria la reducción de municipios, sino que se brinde más herramientas a la Corte, así como aumentar el número de auditores y las capacidades para atender a todas las instituciones públicas.
“Al final, toda la actividad de las nuevas municipalidades va a ser equivalente a la actividad que tenían los 262 municipios, no es que se va a reducir en automático toda la información y lo que haya que auditar. Es falso el tema de que por menos municipios va a ser más fácil auditar”, sentenció.
Flora Blandón, máster en Desarrollo Local y directora de la Maestría de Desarrollo Territorial de la UCA, aseguró que “otra cosa es lo que se hace o no con los resultados de esas auditorías, pero la Corte de Cuentas tiene establecidos sus propios lineamientos y mecanismos de control de los gastos que realiza una instancia pública como son las municipalidades”.
Asimismo, dijo que es claro que la reestructuración municipal va a significar un proceso de centralización de las decisiones de los nuevos concejos municipales. Además, cuestionó la incertidumbre que hay sobre “cómo van a ser administrados (los distritos) y cómo va a funcionar la correa de transmisión entre la cabecera municipal y los distritos y viceversa”.
Fuentes:
– Jorge Castro, diputado NI.
– Pablo Martínez, alcalde de Azacualpa, Chalatenango.
– Eduardo Escobar, abogado de Acción Ciudadana.
– Flora Blandón, maestra en Desarrollo Local.
Documentos:
– Constitución de la República.
– Ley de la Corte de Cuentas de la República.
– Código Municipal.
– Ley Especial para la Reestructuración Municipal.- Memorias de Labores de la CCR de 2018 a 2022.